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Dr. Juan Eduardo Donoso Perito médico-legal

Preguntas frecuentes

Las preguntas que llegan antes del primer encargo

Para abogados

¿Trabaja para demandantes y demandados?

Sí. La opinión técnica es independiente de quién encarga el informe. Lo que cambia entre un caso y otro son los antecedentes, no el criterio.

¿Sus conclusiones favorecen a quien lo contrata?

No, y ese es el punto. Las conclusiones reflejan lo que los antecedentes y la evidencia científica permiten sostener.

Un informe que solo dice lo conveniente se desarma en el contraexamen.

¿Puede emitir un informe si el tribunal ya designó un perito?

Sí. El informe de parte es una opinión técnica independiente del perito designado.

Su valor está en aportar un análisis distinto o someter a revisión crítica el ya presentado.

¿Qué diferencia hay entre un informe prejudicial y un peritaje judicial?

El prejudicial se elabora antes de iniciar una acción, para decidir si conviene demandar o contestar.

El peritaje judicial se elabora una vez iniciado el juicio, para acompañarse como medio de prueba.

¿Qué es el estándar de cuidado?

Es la conducta que un médico razonablemente prudente, con la misma especialidad y en las mismas circunstancias, habría adoptado con la información disponible al momento de actuar.

¿En qué Cortes de Apelaciones está inscrito?

Inscrito como perito judicial, bienio 2026–2027, en las Ilustrísimas Cortes de Apelaciones de Antofagasta, Arica, Chillán, Concepción, Copiapó, Coyhaique, Iquique, La Serena, Puerto Montt, Punta Arenas, Rancagua, San Miguel, Temuco y Valdivia.

¿Se pronuncia sobre si hubo negligencia?

No en términos jurídicos. El informe establece el estándar aplicable, si la conducta se apartó de él y si existe nexo causal.

Calificar eso como negligencia es competencia exclusiva del tribunal.

Para médicos e instituciones de salud

¿Cómo se envían los antecedentes?

No por el formulario de este sitio ni por mensajería instantánea. Los datos de salud son sensibles: una vez que conversemos el caso, se acuerda un medio de envío con control de acceso.

¿Qué antecedentes necesita para trabajar?

Como mínimo: ficha clínica completa del episodio, epicrisis, informes de exámenes e imágenes, y el escrito que define los puntos sobre los que debe pronunciarse. El detalle, documento por documento, está en «Qué antecedentes necesita un peritaje». Si no sabe si lo que tiene alcanza, la revisión de admisibilidad responde precisamente eso.

¿En qué regiones atiende causas?

Causas de todo Chile: la revisión documental se hace a distancia.

Las comparecencias presenciales se ofrecen en la provincia de Llanquihue; en el resto del país, por videoconferencia o con acuerdo de traslado.

¿Qué es una mediación por negligencia médica?

Es un trámite obligatorio y previo a cualquier demanda judicial por negligencia médica: por ley, no se puede demandar a un centro de salud sin pasar antes por esta etapa.

Participan la persona afectada (o su familia) y los representantes del centro de salud o del médico, junto a un mediador, un tercero neutral que revisa los antecedentes y facilita el diálogo en audiencias presenciales o por videollamada, buscando un acuerdo económico o asistencial sin ir a juicio.

Lo conversado en las sesiones es confidencial y no puede usarse en contra de las partes si el caso llega a tribunales.

En el sector público (hospitales o consultorios) se solicita gratuitamente ante el Consejo de Defensa del Estado (CDE); en el sector privado (clínicas o médicos particulares), ante la Superintendencia de Salud.

Si hay acuerdo, se firma un acta y el conflicto se cierra de forma legal; si no lo hay, se emite un certificado de término que habilita iniciar una demanda civil.

¿Garantiza un resultado favorable?

No. Ningún informe médico-legal serio puede garantizar un resultado judicial. El compromiso es entregar un análisis técnico, objetivo y fundamentado.

¿Qué hago si enfrento una demanda o querella por presunta negligencia médica?

Contacte de inmediato a su seguro de responsabilidad civil o a FALMED (Fundación de Asistencia Legal del Colegio Médico de Chile) si está afiliado, y a su entidad de defensa gremial o abogado especialista antes de emitir cualquier declaración formal.

Reúna la ficha clínica completa, exámenes y consentimientos informados del paciente, verificando que notas de evolución y registros de enfermería estén completos, y redacte una minuta cronológica de los hechos basada estrictamente en los registros clínicos, sin alterar ningún documento.

Evite discutir el caso con el paciente, sus familiares o terceros fuera del ámbito legal.

No modifique, agregue ni borre información de la ficha clínica bajo ninguna circunstancia, y no entregue copias de documentos médicos a la contraparte sin autorización de sus abogados.

Para pacientes

Soy paciente, no abogado. ¿Puedo pedir un informe?

Sí, aunque en la mayoría de los casos conviene hacerlo a través de un abogado.

Si aún no tiene uno, un informe prejudicial sirve para saber si vale la pena buscarlo.

¿Cuánto cuesta?

Está publicado, en UF. La revisión de admisibilidad son 7 UF, descontables del informe si decide continuar; la minuta para la audiencia, 8; la ratificación, 10 UF por videoconferencia o 20 presencial; la revisión crítica de un peritaje ajeno, 20; y el informe pericial independiente, 37. La revisión de suficiencia previa no se cobra.

La cotización se entrega por escrito antes de empezar y no cambia después. No hay honorario de éxito: nada se cotiza según resultado.

¿Cuánto demora un informe?

Depende del encargo, y los tres plazos corren desde que los antecedentes están completos, no desde el encargo: la revisión de suficiencia se responde en 24 horas hábiles, la revisión de admisibilidad en cinco días hábiles, y el informe pericial independiente en diez días hábiles o antes.

Los casos de mayor complejidad documental se acuerdan antes de aceptar el encargo.

¿Cómo reclamo por la atención de salud que recibí?

Primero en la oficina de informaciones, reclamos y sugerencias (OIRS) del hospital, consultorio o clínica donde ocurrió la atención, completando el formulario físico o el canal digital y guardando una copia.

El centro de salud tiene hasta 15 días hábiles para responder.

Si no responde a tiempo o la respuesta no es satisfactoria, el reclamo puede apelarse ante la Superintendencia de Salud (en línea, con ClaveÚnica) dentro de 5 días hábiles desde la respuesta, o 15 días hábiles si no hubo respuesta.

Este trámite es independiente de un peritaje médico-legal.

¿Qué hago si creo que hubo una negligencia médica?

Pida de inmediato su ficha clínica completa (es un derecho legal obtener una copia íntegra de su historial, evolución, epicrisis y exámenes), anote fechas, horas y nombres de los profesionales, y conserve recetas, presupuestos y mensajes.

Busque una segunda opinión con otro especialista independiente.

Según si la atención fue en el sector privado o público, el camino cambia: en clínicas o consultas particulares se inicia una Solicitud de Mediación ante la Superintendencia de Salud; en hospitales o consultorios del Estado, la gestión se realiza a través del Consejo de Defensa del Estado (CDE). La mediación es un trámite obligatorio antes de poder demandar.

Para evaluar una demanda civil por indemnización de perjuicios conviene además contactar a un abogado, considerando que los plazos legales suelen ser acotados (generalmente 4 años).

Un informe médico-legal prejudicial es útil justamente en esta etapa, antes de decidir si iniciar la acción.

Si su pregunta no está entre estas, o si quiere saber si sus antecedentes alcanzan, el primer paso no tiene costo: respuesta en 24 horas hábiles y sin informe.

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