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Dr. Juan Eduardo Donoso Perito médico-legal
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Nada se cotiza según resultado

Cada encargo tiene un producto definido, un plazo y un honorario propio, fijado por escrito antes de empezar y sin variación posterior. Los honorarios se devengan por el trabajo técnico, con independencia de si sus conclusiones favorecen o no a quien lo encarga.

Como perito de parte

Revisión de suficiencia

Respuesta en 24 horas hábiles, sin informe: si los antecedentes alcanzan para pronunciarse o qué falta para que alcancen. Es el paso previo a aceptar cualquier encargo.

Sin costo
Revisión de admisibilidad o informe prejudicial

Minuta reservada: qué hipótesis sostienen los documentos, qué falta y cómo formular los puntos de pericia. Cinco días hábiles. Se descuenta del informe si decide continuar.

7 UF
Informe pericial independiente

Informe para acompañar al expediente, con grado de certeza por conclusión y evidencia graduada. Diez días hábiles o antes.

37 UF
Revisión crítica de un peritaje ajeno y contraperitaje

Grilla punto por punto y verificación de cada cita. Cinco días hábiles desde la recepción del informe a revisar. Los informes muy extensos o con muchas referencias se cotizan por encima.

20 UF
Minuta para la audiencia

Puntos de interrogatorio al perito contrario y anticipación de las preguntas al informe propio. Ese valor supone que el análisis ya existe; si se encarga suelta, se cotiza con el análisis incluido.

8 UF
Ratificación en audiencia

Diez UF por videoconferencia; veinte si es presencial, más pasajes y estadía. Se cotiza aparte del informe: implica preparación específica y bloqueo de agenda clínica.

10 / 20 UF

Los plazos corren desde la recepción completa de los antecedentes, no desde el encargo. Todos los honorarios se confirman por escrito antes de aceptar el encargo y no cambian después.

Por nominación del tribunal

Peritaje por designación judicial

Arancel de referencia cuando el nombramiento proviene del tribunal y no de una parte. La metodología y el deber de imparcialidad son exactamente los mismos.

49 UF

Inscrito en el registro de peritos de catorce Ilustrísimas Cortes de Apelaciones, bienio 2026–2027. Ver cobertura.

El deber de imparcialidad

Conviene decirlo antes de que sea una sorpresa: el informe se elabora bajo deber de imparcialidad, y sus conclusiones pueden resultar favorables o desfavorables a su representada.

Los honorarios se devengan por el trabajo técnico, con independencia del sentido de las conclusiones. No existe honorario de éxito, ni en porcentaje ni con complementos ligados a lo que resuelva el tribunal. Un perito con interés económico en el desenlace es un perito impugnable, y con razón.

Es la misma imparcialidad y el mismo rigor que se aplican cuando el nombramiento proviene del tribunal. Ahí está el argumento entero: un informe que solo dice lo conveniente se desarma en el contraexamen, y arrastra consigo la credibilidad de quien lo presentó.

Por qué en UF y no en pesos

Un peritaje se encarga en un mes y se cobra en otro, y entre medio puede haber una audiencia que se reprograma dos veces. La UF mantiene el valor real del honorario durante ese trayecto sin necesidad de renegociarlo, que es exactamente lo que nadie quiere hacer en mitad de un caso.

El valor se toma al día de la emisión de la boleta. La conversión es pública y verificable, así que ninguna de las dos partes depende de la palabra de la otra.

Qué incluye el honorario del informe

  • La revisión completa del expediente clínico y la búsqueda bibliográfica que el caso requiera.
  • El informe redactado con la metodología publicada: grado de certeza declarado en cada conclusión y nivel de evidencia asignado a cada fuente, con identificador verificable.
  • La síntesis en lenguaje no técnico, para que el tribunal comprenda el alcance sin conocimientos médicos.
  • La sección de limitaciones y la lista de diligencias recomendadas.
  • Una ronda de aclaraciones por escrito sobre el informe entregado.

No incluye la comparecencia en audiencia ni la minuta de interrogatorio: son encargos distintos, con preparación propia.

Lo que no se cobra

  • La revisión de suficiencia. Antes de aceptar un encargo se revisa si los antecedentes alcanzan para pronunciarse. Respuesta en 24 horas hábiles, sin informe. Si no alcanzan, se dice qué falta y no se acepta el encargo. Ese paso no se factura.
  • La conversación previa. Describir el caso y saber qué encargo corresponde no tiene coste.
  • La revisión de admisibilidad, si el caso continúa. Sus 7 UF se descuentan íntegras del honorario del informe pericial.

Preguntas sobre honorarios

¿Por qué el informe pericial independiente cuesta más que los demás encargos?

Porque es el que va al expediente y el que se sostiene bajo contraexamen. Exige reconstruir la cronología completa, identificar cada punto de decisión médica, fijar el estándar aplicable en cada uno y respaldar todo con bibliografía verificable. Un informe así se defiende línea por línea o no sirve.

¿Conviene empezar por la revisión de admisibilidad?

En instancias prejudiciales, casi siempre. Por 7 UF sabe qué hipótesis sostienen los documentos antes de comprometer 37, y si decide continuar no pierde nada: se descuentan del informe.

¿Y si el informe concluye en contra de quien lo encarga?

El honorario es el mismo. Se paga el análisis, no la conclusión. Un informe que descarta materia técnica suele ser el más rentable de todos: ahorra un juicio que no iba a ninguna parte.

¿Cubre causas de todo Chile?

La revisión documental sí, se hace a distancia, y el honorario no cambia por la ubicación del tribunal. Las comparecencias presenciales se ofrecen en la provincia de Llanquihue; en el resto del país, por videoconferencia o con acuerdo previo de traslado. Ver cobertura y Cortes.

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